Juzgado de Guardia

El guardia civil de la Manada seguirá en libertad

  • Los magistrados, por mayoría de dos contra uno, rechazan el ingreso en prisión provisional solicitado por las acusaciones por quebrantamiento de la medida cautelar.

  • El tribunal critica la demora de la Policía en informar de lo ocurrido -se enteraron por el tuit de la Policía Nacional- y asegura que "en ningún momento" la conducta del joven estuvo encaminada a incumplir la prohibición de retirada del pasaporte.

El guardia civil de la Manada, en los juzgados.

El guardia civil de la Manada, en los juzgados. / EFE

El guardia civil de la Manada no volverá a prisión. La Audiencia de Navarra ha decidido mantener en libertad provisional al guardia civil de La Manada Antonio Manuel Guerrero, que fue condenado junto a los otros cuatro sevillanos por abusos sexuales, después de que intentara renovar el pasaporte. Los magistrados, por mayoría de dos contra uno, rechazan el ingreso en prisión provisional solicitado por las acusaciones por quebrantamiento de la medida cautelar, aunque la resolución cuenta con un voto particular, emitido por el presidente de la Sección Segunda de la Audiencia, quien aboga por el ingreso en prisión.

El tribunal, con el voto de los magistrados Ricardo González y Raquel Fernandino, concluye que una vez valoradas las informaciones policiales recabadas por el tribunal y las pruebas practicadas durante la comparecencia del pasado 5 de julio “no concurre causa alguna que justifique la modificación de la situación de libertad provisional”.

Para los magistrados, la prueba practicada pone de manifiesto que la actuación del guardia civil “en ningún momento estuvo encaminada a procurar el incumplimiento de las medidas acordadas en el auto de 21 de junio de 2018, sino que, valorada desde un punto de vista racional y lógico, se acomoda más a las explicaciones dadas por su dirección letrada, como lo revela de manera inequívoca el contenido de la conversación telefónica mantenida con el funcionario que atendió su llamada al 091 el día 22 de junio cuando viajaba hacia Sevilla, durante la que solicitó información acerca de cómo cumplimentar el requerimiento de este tribunal de hacer entrega de su pasaporte en el plazo de cuatro días, y que, al solicitar dicha información, explicó sin ambages cual era su situación y con qué fin quería saber si su pasaporte se encontraba caducado”.

Así, consideran que la respuesta que se le dio desde la Policía es que debía “renovarse el pasaporte sí o sí” y que en cualquier caso la manera de comprobar el estado de su pasaporte era acudir a la oficina del pasaporte de su localidad, y así “debió ser entendido tanto por los cuatro funcionarios de la Oficina de Tablada” que han declarado como testigos.

El tribunal no considera admisible, a los efectos de inferir un intento de fuga, las “explicaciones dadas a este Tribunal por el Jefe Superior de la Jefatura Superior de Policía Occidental de Andalucía sobre las razones por la que este Tribunal no fue inmediatamente informado; como tampoco resulta admisible que la primera información que tuvimos sobre este incidente nos hubiese llegado a través de los medios de comunicación el día 28 de junio (tres días después) y que se hicieron eco y replicaron el tuit publicado desde la misma Policía Nacional; momento en el que una situación a la que oficialmente no consta se le diera la menor trascendencia comenzó a provocar todo el revuelo a que hizo mención el Letrado del Sr. Guerrero en su exposición”, en alusión al comentario publicado en la red social desde la cuenta oficial de la Policía Nacional.

El hecho de que no se diera aviso de inmediato al tribunal; que no se elaborara tampoco ningún atestado ni se remitiera comunicación alguna a la autoridad judicial y que “la única reacción policial haya sido la publicación de un tuit de las características del que nos ocupa, hace dudar seriamente de que lo sucedido hubiera dado lugar en su momento a la más mínima alarma y hace pensar que la comparecencia del Sr. Guerrero en la Oficina de Tablada, desde un punto de vista lógico y racional, atendiendo al sentido común, no generó ninguna respuesta porque en ningún momento se dio a la misma la importancia que ahora pretenden atribuirle las acusaciones, quienes tampoco han acreditado suficientemente el elemento intencional indispensable para poder extraer de lo ocurrido las consecuencias que ahora se pretenden”, aseveran los dos magistrados que han acordado que siga en libertad.

El tribunal recuerda el incidente de Jordi Turull, cuando intento renovar el pasaporte tras quedar libre

El tribunal recuerda, como la defensa del guardia civil, que estos hechos son semejantes a los que ocurrieron recientemente con el ex conseller de Presidencia de la Generalitat Jordi Turull, quien horas después de salir de prisión intentó renovar el pasaporte, y señala que la retirada del pasaporte y consiguiente obligación de entregarlo al tribunal conlleva “inexorablemente y por su propia razón de ser, la prohibición de obtener otro pasaporte, como trató de hacer uno de dichos investigados por tenerlo caducado, lo que no dio lugar a su reingreso en prisión como se pretendía por una acusación”.

La resolución cuenta con el voto particular discrepante del presidente de la Sección Segunda de la Audiencia navarra, José Francisco Cobo Sáenz, quien aboga por el encarcelamiento del condenado al estimar que este quebrantó la medida cautelar impuesta en el auto dictado el pasado 21 de junio.

Este magistrado considera que la actuación del procesado se revela como "contradictoria con la prohibición de salir del territorio nacional sin autorización judicial" que se estableció en el auto del 21 de junio, con obligación de hacer entrega del pasaporte de que disponga ante el Tribunal dentro de los cuatro días siguientes a su puesta en libertad, así como la prohibición de obtenerlo en el futuro.

Y añade que la disponibilidad del pasaporte, "sin duda alguna, incrementa razonablemente las posibilidades de apreciar un concreto riesgo de fuga, tratándose este, de un pronóstico incierto, siempre inseguro, pero cuya probabilidad se incrementa de modo exponencial, mediante la posesión del documento en cuestión".

El presidente de la Sala subraya “la falta de transparencia en la realización de las gestiones” llevadas a cabo por el acusado, por lo que, a su juicio, “cabe considerar acreditada, por tanto, la voluntariedad en la obtención de forma subrepticia del pasaporte, iniciada con una extraordinaria celeridad, inmediatamente después de su puesta en libertad provisional”.

Para el presidente de la Sección, la obtención del pasaporte “hubiera incrementado de forma exponencial las posibilidades de elusión de la acción de la justicia”, por lo que, en conclusión, aboga por el ingreso en prisión provisional sin fianza del condenado. Dice este magistrado que "no se puede acoger la alegación, de que mediante las pruebas practicadas, queda acreditado, tan solo, un exceso de celo por parte del Sr. Guerrero, en cumplir las obligaciones impuestas en un auto riguroso".

La Fiscalía, la acusación particular, ejercida por la joven que denunció la violación, y las dos acciones populares —Ayuntamiento de Pamplona y Gobierno de Navarra—, consideraron en una vista celebrada el 5 de julio que el incidente de la renovación del pasaporte constituía un intento de quebrantamiento de una de las medidas cautelares fijadas por la Sección Segunda en su resolución del 21 de junio y, por tanto, el condenado debería ingresar en prisión por riesgo de fuga. La defensa, por su parte, se opuso y reclamó el mantenimiento de la situación de libertad.

La Fiscalía había estimado que la intención de tramitar el pasaporte constituía un “dato objetivo que pone de manifiesto la existencia de riesgo de fuga inminente, siendo clara su intención de evadir la acción de la Justicia”, lo que suponía un incumplimiento grave de la prohibición de obtener el pasaporte que se le había impuesto. La acusación particular agregó que, dada su condición de guardia civil, las prohibiciones impuestas “debían serle comprensibles”.

La acusación popular de la comunidad foral de Navarra insistió en que el acusado antes de abandonar la prisión “solicitó por vía telemática una cita previa para la obtención del pasaporte”, presentándose en la oficina y sin exhibir en ningún momento el auto de la Audiencia de Navarra.  Y el Ayuntamiento de Navarra coincidió en que el riesgo de fuga se había confirmado, siendo “inexplicable” el comportamiento de Antonio Manuel Guerrero “si no se trataba de prepararse la fuga, llamándole mucho la atención la celeridad con que actuó para obtener el pasaporte”.

La defensa alegó que fue la novia del guardia civil la que pidió la cita para el pasaporte antes de su puesta en liberta porque eran las únicas opciones que ofrecía la página informática, “que impedía pedir otra información”.

Los cinco sevillanos, que fueron condenados a nueve años de prisión por un delito continuado de abusos sexuales con prevalimiento, quedaron en libertad el 22 de junio, al día siguiente del auto notificado por el tribunal, tras abonar cada uno los 6.000 euros de fianza impuesta para eludir la prórroga de la prisión provisional. Esta decisión también contó con el voto particular del presidente de la Sección Segunda, quien se mostró partidario de la prórroga de la prisión hasta la mitad de la pena impuesta, 4 años y 6 meses.

Entre otras medidas cautelares, además del depósito de la mencionada fianza, el tribunal impuso a los condenados la obligación de comparecer los lunes, miércoles y viernes en el juzgado de guardia su localidad de residencia, la prohibición de acceder a la Comunidad de Madrid –lugar de residencia de la denunciante–, la prohibición de comunicación con la víctima por cualquier medio o procedimiento, la retirada del pasaporte y la prohibición de obtenerlo en un fututo, la prohibición de salir del territorio nacional sin autorización judicial, la designación de un domicilio donde puedan ser hallados, así como un teléfono de contacto, con la advertencia expresa de que en el caso de no ser localizados en esos domicilios de inmediato se expedirá la correspondiente requisitoria (orden de busca y captura).

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